Estos son los pasos establecidos para la solicitud de aclaraciones y reclamación en Bachillerato (artículos 12, 13 y 14 de la Orden EDU/425/2024):
- El alumno o alumna o, en caso de que fuese menor de edad, los padres, madres o tutores legales podrá solicitar aclaraciones el primer día hábil posterior a la comunicación de los resultados o de la decisión de promoción o titulación.
- Si tras las aclaraciones persiste el desacuerdo, el alumno o alumna podrá formular reclamaciones sobre los resultados en el plazo de dos días hábiles a partir de la comunicación de los resultados.
- El departamento procederá al estudio y elaborará un informe motivado y propuesta de modificación o ratificación de la calificación, en el plazo máximo de dos días hábiles desde la presentación de la reclamación.
- La dirección resolverá en el plazo de 5 días hábiles tras la presentación de la reclamación y comunicará al alumno o alumna la decisión. Aquí finaliza el proceso en el centro.
- El alumno o alumna podrá elevar su reclamación ante la dirección provincial de educación en el plazo de 2 días hábiles desde la resolución de dirección, que será remitida por el director del centro en el plazo de otros 2 días hábiles junto con un expediente con las pruebas, informes, actas...
- La dirección provincial de educación en el plazo de 10 días hábiles desde la recepción del expediente adoptará resolución.
- En el caso de que sea desestimada, el alumno o alumna podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes tras la resolución de dirección provincial.
📌 Referencia normativa: Orden EDU/425/2024, por la que se regula la evaluación, promoción y titulación en Bachillerato.